Entre otros, de las siguientes opciones ¿Qué aspectos se constituyen obligatorios para la formulación de los términos de referencia?
Rasgos técnicos requisitos, calidad y/o rendimiento
En relación exclusiva a los consultores o proveedores
Propiedades de uso y empleo
Antecedente, objetivos, alcance, metodología de trabajo, forma y condiciones de pago
0
Los Términos de Referencia deben contener obligatoriamente, entre otros, los siguientes aspectos:
Objeto de la contratación
Justificación técnica y económica
Alcance del servicio o bien requerido
Especificaciones técnicas
Cronograma de ejecución
Presupuesto referencial
Forma de pago
Perfil del proveedor o profesional (si aplica)
Reglamento General a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP)
Artículo 11 – Términos de Referencia o Especificaciones Técnicas:
“Los pliegos deberán contener los términos de referencia o especificaciones técnicas según corresponda, que comprenderán como mínimo: objeto de la contratación, justificación técnica, requerimientos o especificaciones técnicas del bien, obra o servicio, plazo estimado, forma de pago, presupuesto referencial, condiciones de entrega y cualquier otro elemento necesario para la correcta ejecución del contrato.”
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